Impugnación de candidaturas de Fuerza Por México y Morena se deben resolver dentro de los partidos: TEEQ

Los juicos locales de los derechos político-electorales TEEQ-JLD-85, 88, 90, 91, 93, 95, 97, 110, 111, 112, 116, 118, 119, 122, 123, 124, 125, 126, 127, 128, 129, 130 y 133, todos de este año, fueron promovidos en contra del proceso interno de selección de candidaturas del partido político Fuerza por México, en Querétaro. El Tribunal Electoral, en concordancia con criterios emitidos por la Sala Regional Monterrey del TEPJF, declaró la improcedencia de los medios de impugnación debido a que se incumplió con el principio de definitividad que obliga a…