ENTRA EN VIGOR EL SISTEMA NACIONAL ANTICORRUPCIÓN: HÉCTOR PARRA

TRAS LA VERDAD

El Sistema Nacional tiene por objeto establecer principios, bases generales, políticas públicas y procedimientos para la coordinación entre las autoridades de todos los órdenes de gobierno en la prevención, detección y sanción de faltas administrativas y hechos de corrupción, así como en la fiscalización y control de recursos públicos.

 Y de acuerdo a los artículos transitorios de las diversas leyes y reformas –cinco- que en esta materia se promulgaron ayer lunes, para este martes han entrado en vigor la nueva legislación. El coordinador de la bancada PRD y el líder del Senado ya festinan la entrada en vigor de la normatividad que pretende amarrar las manos a gran parte de la clase política cuya cultura se basa en la corrupción, dado que se trata de nuevas instituciones cuya pretensión es combatir el flagelo que azota a millones de mexicanos, pero solo se aplicará a los más corruptos de esa clase política y a particulares que se vean beneficiados ilegalmente con el presupuesto público federal.

 En la nueva legislación del Sistema Nacional, integra a un Comité Coordinador; así como de un Comité de Participación Ciudadana; un Comité Rector del Sistema Nacional de Fiscalización, y los Sistemas Locales, quienes concurrirán a través de sus representantes. Esta fue una de las razones de la controversia constitucional presentada por la PGR. Y los no “burócratas” del sistema cobrarán por honorarios, así que no tendrán cargo público.

 El nuevo sistema permite que las observaciones que, en su caso, emita la Auditoría Superior de la Federación derivado de la fiscalización superior, podrán derivar en: Acciones y previsiones, incluyendo solicitudes de aclaración, pliegos de observaciones, informes de presunta responsabilidad administrativa, promociones del ejercicio de la facultad de comprobación fiscal, promociones de responsabilidad administrativa sancionatoria, denuncias de hechos ante la Fiscalía Especializada y denuncias de juicio político. De tal suerte que habrá una nueva fiscalía especializada, en materia de corrupción, que se hará cargo de los procedimientos de procuración de justicia en esta materia.

 La Entidad Superior de Fiscalización podrá fiscalizar los recursos públicos federales que la Federación haya otorgado a entidades federativas, municipios y alcaldías de la Ciudad de México, fideicomisos, fondos, mandatos o, cualquier otra figura análoga, personas físicas o morales, públicas o privadas, cualesquiera que sean sus fines y destino, así como verificar su aplicación al objeto autorizado. Se amplía entonces la competencia de la Entidad Superior.

 También podrá investigar, en el ámbito de su competencia, los actos u omisiones que impliquen alguna irregularidad o presunta conducta ilícita, o comisión de faltas administrativas, en los términos establecidos en la Ley General de Responsabilidades Administrativas; así como efectuar visitas domiciliarias, únicamente para exigir la exhibición de los libros, papeles, contratos, convenios, nombramientos, dispositivos magnéticos o electrónicos de almacenamiento de información, documentos y archivos indispensables para la realización de sus investigaciones, sujetándose a las leyes respectivas y a las formalidades prescritas para los cateos, así como realizar entrevistas y reuniones con particulares o con los servidores públicos de las entidades fiscalizadas, necesarias para conocer directamente el ejercicio de sus funciones;

 De tal suerte que la Auditoría Superior de la Federación fiscalizará, conforme al programa anual de auditoría que deberá aprobar y publicar en el Diario Oficial de la Federación, directamente los recursos federales que administren o ejerzan las entidades federativas, los municipios y las alcaldías de la Ciudad de México; asimismo, fiscalizará directamente los recursos federales que se destinen y se ejerzan por cualquier entidad, persona física o moral, pública o privada, y los transferidos a fideicomisos, mandatos, fondos o cualquier otra figura jurídica, sin perjuicio de la competencia de otras autoridades y de los derechos de los usuarios del sistema financiero.

 Y aún hay más. La Auditoría Superior de la Federación revisará el origen de los recursos con los que se pagan los sueldos y salarios del personal que preste o desempeñe un servicio personal subordinado en los órdenes de gobierno, para determinar si fueron cubiertos con recursos federales o locales, en términos de lo dispuesto en el artículo 3-B de la Ley de Coordinación Fiscal y las disposiciones aplicables.

 La Salida de Virgilio Andrade de la Secretaría de la Función Pública, que algunos festinaban como parte de ajustes al gabinete, simplemente se debió a que, en lo sucesivo el nombramiento que haga el Presidente de la República, debe pasar por la aprobación del Senado de la República. Tal vez los contralores de los estados deban correr la misma suerte. Esta nueva normatividad deberá impactar a nuestra legislación local, seguramente pronto veremos las iniciativas que el gobernador envíe a los diputados locales y normar en el mismo sentido: combate a la corrupción.

 También habrá un fiscal especial anticorrupción, figura que se dará –seguramente- a nivel estatal, por lo cual en Querétaro estaremos viendo un nuevo nombramiento en materia de anticorrupción. En el Código Penal Federal se creó un nuevo catálogo de delitos para la clase política corrupta.

 Conclusión. Una cultura arraigada por miles de políticos ahora pretenden desaparecerla por medio de una nueva legislación. Solo el tiempo dirá si se logró erradicar la corrupción y se genera la cultura de la honestidad. Solo el tiempo lo dirá. La legislación está ahí ¿Empezará la cacería de brujas con algún gobernador, de aquellos que están próximos a dejar el cargo?

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