Se deslinda municipio de Querétaro de pago de vehículos dañados por incendio en Corralón

Mediante un comunicado de prensa el municipio de Querétaro emite su postura el incendio registrado en el corralón de Santa Rosa Jáuregui.

El Municipio de Querétaro únicamente es propietario del inmueble, sin que a la fecha se tenga relación contractual con el concesionario.

Y atendiendo a lo dispuesto por la Ley de Servicios Auxiliares del Transporte Público es obligación del concesionario contratar y mantener vigente una póliza de seguro que ampare la salvaguarda de los vehículos depositados.

El encargado por parte del concesionario de nombre Juan Ayala refirió que no cuentan con seguro de daños a terceros pero que el Jesús Cabrera Santoveña, concesionario, pagar los daños ocasionados.

Por ello se detalla que en el expediente integrado por la Dirección de Administración Patrimonial y Servicios Internos de la Secretaría de Administración, se tiene que el primer convenio lo suscriben el 18 de agosto de la anualidad 2005 con vigencia hasta el 31 de agosto de 2006 y cuyo objeto fue: “coadyuvar de manera recíproca para hacer más eficiente el servicio público de depósito de vehículos, consistente en la guarda y custodia de los mismos”.

Cabe señalar que en la suscripción de ese primer convenio  Jesús Cabrera Santoveña manifestó ser concesionario de Depósito de Vehículos según el documento de concesión número 10 de fecha 13 de enero de 2004, otorgado por el Gobierno del Estado de Querétaro.

Posteriormente se suscribe un segundo convenio con fecha 01 de junio de 2008 cuya vigencia fue hasta el día 30 de septiembre de 2009, con el mismo objeto que el anterior.

En la suscripción del segundo convenio el Ing. Jesús Cabrera Santoveña manifestó ser concesionario de Depósito de Vehículos según el documento de concesión número 10 de fecha 7 de septiembre de 2007, otorgado por el Gobierno del estado de Querétaro.

Con fecha 23 de noviembre de 2015 la Directora de Administración Patrimonial y Servicios Internos emite oficio DAPSI/DABI/1454/2015 dirigido al Ing. José de Jesús Cabrera Santoveña mediante el cual, le solicita proporcionar documento que ampare la ocupación y posesión del bien inmueble propiedad del Municipio de Querétaro, ubicado en el lote 10 Manzana X fracción I del fraccionamiento Parque Industrial Querétaro, sin que a la fecha se haya recibido respuesta.

Considerando lo dispuesto por la Ley de Servicios Auxiliares del Transporte Público del Estado de Querétaro, las concesiones para la prestación de los servicios públicos auxiliares son otorgadas por el Poder Ejecutivo del Estado a través de la Secretaría de Gobierno, dependencia autorizada por dicho cuerpo normativo para realizar inspecciones a efecto de verificar el cumplimiento de la Ley.

Las concesiones tienen vigencia indefinida pero deben refrendarse anualmente durante el mes de abril, desconocemos si el Ing. Cabrera Santoveña cuenta con el refrendo correspondiente.

Por lo anterior se rarifica que el Municipio únicamente es propietario del inmueble, sin que a la fecha se tenga relación contractual con el concesionario.

Atendiendo a lo dispuesto por la Ley de Servicios Auxiliares del Transporte Público es obligación del concesionario contratar y mantener vigente una póliza de seguro que ampare la salvaguarda de los vehículos depositados.

El encargado por parte del concesionario de nombre Juan Ayala refirió que no cuentan con seguro de daños a terceros pero que el Ing. Cabrera Santoveña pagara los daños ocasionados.

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