Anuncia Infonavit diferimientos en pagos de créditos hipotecarios

Con los objetivos de seguir impulsando la reactivación económica del país y apoyar a las familias mexicanas en la obtención de su patrimonio, el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) hace un llamado a aprovechar el diferimiento en el inicio de los pagos de los créditos hipotecarios, informó la delegada de Infonavit en el estado, Diana Félix.

Todos los financiamientos hipotecarios –excepto Mejoravit, Tu 2do Crédito Infonavit, ConstruYO y Línea III Integral— que se firmen entre el 3 de noviembre de 2020 y el 23 de febrero de 2021, podrán comenzarse a pagar 3 o 4 meses después, dependiendo de la fecha en que se obtenga el Aviso de Retención.

Un trabajador contará mínimo con 3 meses para diferir su primer pago, cuando obtenga su Aviso de Retención y lo entregue a su patrón en los últimos días del mes de inscripción del crédito.

En cambio, si el Aviso de Retención se entrega en los primeros días de noviembre de 2020, ese mes no se consideraría en las retenciones, al igual que diciembre de 2020, enero y febrero de 2021, otorgando cuatro meses de diferimiento a las y los acreditados. De esta manera, los pagos comenzarían a ejercerse hasta marzo de 2021.

Esta medida permitirá a los derechohabientes adquirir su vivienda y comenzarla a pagar después, dándoles la posibilidad de adquirir productos o servicios adicionales para su nuevo hogar y mejorar su calidad de vida gracias a los recursos no erogados en el crédito hipotecario.

Además de este diferimiento, el Infonavit recuerda que los trabajadores que ya contaban con los 116 puntos o más en febrero de 2020 y que perdieron su empleo a causa de la emergencia sanitaria por Covid-19 mantendrán la continuidad de sus semanas de cotización si recuperan su relación laboral antes del 31 de enero de 2021.

Lo anterior les permitirá continuar con la adquisición de su vivienda y beneficiarse del aplazamiento de hasta 4 meses en el inicio del pago del financiamiento, siempre y cuando se encuentre dentro del periodo de la vigencia.

Esta medida de apoyo extraordinaria, que ayuda a las y los derechohabientes a mantener su intención de compra y resolver su necesidad de vivienda, es aplicable sólo para aquellas personas que perdieron su relación laboral entre el 1 de marzo y el 31 de agosto de 2020.

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