Inician campañas electorales el 4 de abril; se suspende propaganda de gobiernos

Las campañas electorales inician el 4 de abril del presente año por lo que, a partir de esa fecha, se suspende cualquier tipo de propaganda gubernamental de los tres niveles de gobierno: Federal, estatal y municipal con excepción de la información relativa a servicios educativos y de salud o la necesaria para protección civil en casos de emergencia, informó el Instituto Nacional Electoral.

El instituto refirió que en términos de lo dispuesto en el artículo 449, numeral 1, incisos c), d) y e) de la Ley General Instituciones y Procedimientos Electorales, la propaganda gubernamental difundida durante los 60 días de las campañas electorales de las y los candidatos a puestos de elección popular, deberá observar, entre otros, los siguientes lineamientos:

Tener carácter institucional y fines informativos educativos o de orientación social por lo que no está permitida la exaltación, promoción o justificación de algún programa o logro obtenido en los gobiernos local o federal o de alguna administración específica;

Abstenerse de incluir frases, imágenes, voces o símbolos que pudieran ser constitutivos de propaganda política o electoral, o bien elementos de propaganda personalizada de servidor público alguno. No podrá́ difundir logros de gobierno, obra pública, e incluso, emitir información dirigida a justificar o convencer a la población de la pertinencia de una administración en particular;

Limitarse a identificar el nombre de la institución, su escudo oficial como medio identificativo sin hacer alusión a cualquiera de las frases, imágenes, voces o símbolos de cualquier índole que pudieran ser constitutivos de propaganda política o electoral.

Así mismo, la inclusión de elementos visuales, auditivos, imágenes, nombres, lemas, frases, expresiones, mensajes o símbolos que conlleven velada, implícita o explícitamente, la promoción de un gobierno o sus logros en el marco de la ejecución y/o entrega de los bienes, servicios y recursos de los programas sociales o de cualquier otro mecanismo implementado para tal fin, se considera contrario al principio de imparcialidad y, en consecuencia, podría afectar la equidad y el efectivo ejercicio del derecho al voto libre.

Para garantizar el derecho a la información de la ciudadanía durante el desarrollo del Proceso Electoral, no se suspenderán o darán de baja las páginas de internet de instituciones de gobierno, sin embargo, en ellas deberá evitarse incluir elementos visuales, auditivos, imágenes, nombres, lemas, frases, expresiones, mensajes o símbolos que conlleven velada, implícita o explícitamente, la promoción de un gobierno o sus logros.

Se considera que las y los diputados que decidan ejercer su derecho a la elección consecutiva se apegan a los principios de imparcialidad y equidad que rigen a las contiendas electorales, cuando al ejercer su cargo se abstienen de:

a) Utilizar expresiones, símbolos, logos e imágenes para promocionar su imagen o su plataforma política;
b) Utilizar expresiones, símbolos, logos e imágenes para la promoción del voto a favor o en contra de determinado partido político, coalición, aspirante, precandidatura o candidatura;
c) Incumplir con las obligaciones inherentes al mismo por realizar actos proselitistas;
d) Inobservar las obligaciones relacionadas con el ejercicio de recursos públicos establecidas en el Reglamento de la Cámara de Diputados.

El Instituto Nacional Electoral y en apoyo a la Fiscalía Especializada en Delitos Electorales pone a disposición de la ciudadanía el FEDETEL 800 833 72 33 y la página en internet FEDENET www.fedenet.org.mx a fin de que puedan denunciar la comisión de posibles delitos electorales.

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